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EL PACTO FISCAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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Maratón Constituyente Universitario

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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece derechos y obligaciones para el gobierno y para los ciudadanos que conforman la población mexicana. En ella se establecen los ejes y los límites que deben de contenerse en las normas para ser acatadas por todos.

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El Estado en cualquiera de sus niveles de gobierno tiene como forma principal de financiamiento la recaudación de impuestos establecidos en las normas. La obligación de contribuir se encuentra en el artículo 31 fracción IV, de la Constitución Federal, el cual señala que es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, incluida la Ciudad de México y las ahora alcaldías en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

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El pacto fiscal se trata de un acuerdo entre el Estado y los contribuyentes para que el primero imponga contribuciones, que pueden ser impuestos o pago de derechos por señalar ejemplos, siempre y cuando éstos no sean excesivos, arbitrarios o manipulados políticamente, y por parte de los contribuyentes el pacto se trata de cumplir con el pago de las obligaciones fiscales establecidas. Lo anterior se encuentra fundamentado en los artículos 25 y 25 de la Constitución General de la República.

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Parte del fundamento del pacto fiscal se puede inferir del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unido Mexicanos, el cual establece que: “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.” Dicho precepto hace referencia a que el pueblo es quien, por medio de la representación de los Poderes de la Unión, manifiesta su voluntad y soberanía para poder celebrar “Pacto Fiscal” con el Estado.

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Derivado de lo anterior es importante que quede plasmada esta idea de pacto, soberanía y legalidad en la Constitución Política de la Ciudad de México, ya que a partir de ahora con el cambio de estructura que tendrá la Ciudad de México, de igual manera modificará la forma en la que capta los ingresos generados por las contribuciones.

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A partir de ahora a la Ciudad de México se le aplicara el régimen de las entidades federativas señalado en el artículo Articulo 115 de la Constitución Política Federal que a letra establece: “Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre.”

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Al considerarse en una entidad federativa, buscará incrementar el porcentaje de las participaciones federales que le son asignadas, adecuando medidas para mejorar y eficientar el cobro de las contribuciones. Para ello proponemos lo siguiente:

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En este sentido, la Constitución Política de la Ciudad de México deberá contener las bases de una política fiscal integral, que tenga tres ejes temáticos consistentes en:

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• Recaudación eficiente.

 

• Gasto presupuestal programático.

 

• Presupuesto basado en resultados.

 

Estos son los ejes rectores fiscales que deben incluirse en la Constitución Política de la Ciudad de México, para generar una Administración Pública Local eficiente.

 

Amén de lo anterior, la política fiscal en la Ciudad de México deberá analizar los ejes temáticos del presente plan de trabajo, para que sean acordes a la modernidad fiscal.

 

Publicado originalmente en:

http://constitucioncdmx.pubpub.org/pub/pacto-fiscal

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