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La Constitución de la Ciudad de México: ¿qué podemos esperar?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Saúl Escobar Toledo

 

 

 

El próximo 5 de junio se elegirá la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Gracias a  la reforma política decretada hace apenas un mes, los ciudadanos de lo que se llamó oficialmente Distrito Federal irán a las urnas para designar a 60 de los 100 diputados constituyentes que redactarán ese ordenamiento legal.

Pero ¿importa este acontecimiento al resto de los habitantes de la República? ¿Ganarán algo? Y en cuanto a los chilangos, ¿habrá un beneficio directo y a corto plazo como resultado  de las reformas y la nueva Constitución?

No han faltado voces que señalan que todo esto no servirá para nada y que se trata de otro gasto inútil de la clase política y de la partidocracia para hacerse de más puestos políticos, más poder y más recursos.

El Distrito Federal dejó de elegir a sus gobernantes desde agosto de 1928 cuando el Presidente Obregón reformó el artículo 73 constitucional y encomendó su gobierno al Ejecutivo de la nación y suprimió el régimen municipal. Con ello el Jefe del Departamento del Distrito Federal se convirtió formalmente en “un mero empleados administrativo y dejó de ser una verdadera autoridad política”, dijo alguna vez Arnaldo Córdoba. Lo mismo sucedió con los llamados Delegados que sustituyeron a los Ayuntamientos electos.

La participación ciudadana se redujo “a cero” en los asuntos de su localidad. Durante muchos años los defeños no pudieron elegir ni Presidentes municipales, ni regidores,  ni diputados locales ni al titular de la administración pública (o gobernador) como en el resto de las entidades del país. El Presidente y a través suyo, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, concentraron todo el poder político de la capital de la República. No por casualidad, a este Jefe se le llamó también Regente, como si se tratara de la designación de un virrey colonial.

Después del terremoto de 1985 y de la secuela política que se produjo por la incapacidad y desorganización demostrada por el gobierno federal y local para atender la tragedia, se hizo una reforma Constitucional que dio lugar a una Asamblea de Representantes, una especie de legislatura disminuida y limitada en muchos sentidos que funcionó entre 1988 y 1994.

Pero muchos ciudadanos no quedaron contentos y en mayo de 1993, por primera vez en la historia del país, se organizó un plebiscito ciudadano independiente, con el respaldo de  algunos partidos políticos, pero supervisado por un Consejo Ciudadano, para consultar a la población sobre tres cuestiones: 1. ¿Está de acuerdo en que los gobernantes del D.F. sean elegidos mediante el voto directo y secreto de los ciudadanos?, 2. ¿Está de acuerdo en que el D.F. cuente con un poder legislativo propio? y, 3. ¿Está de acuerdo en que el Distrito Federal se convierta en un estado de la federación?. Participaron más de 320 mil ciudadanos y una abrumadora mayoría votó afirmativamente. Cuatro años después, en 1977, prosperó una nueva reforma política que permitió la elección de un Jefe de Gobierno y a su primera Asamblea Legislativa.

Ha habido pues una movilización ciudadana por democratizar la capital de la República desde hace más de 20 años. Ha sido un proceso muy largo y sinuoso para llegar hasta 2017, año en que por fin se culminará en lo esencial la vieja aspiración: la Ciudad de México será una entidad con su propia Constitución.

Pero, y todo esto, ¿servirá de algo? La respuesta no puede ser contundente. Para aquellos acostumbrados en medir los beneficios y que sólo pueden entender los procesos sociales y políticos a partir de su dimensión cuantitativa, la reforma de la Ciudad es un adorno intrascendente. Pero desde el punto de vista de la calidad de nuestra democracia y de la convivencia ciudadana, de la relación entre gobernantes y gobernados, de la construcción de un estado de derecho, de un régimen de justicia, igualdad e inclusión, todo ello muy difícil de medir, estos avances pueden ser fundamentales para un proyecto de transformación progresista.

Será difícil apreciar cabalmente los beneficios directos de esta Constitución a lo largo de los próximos años porque el nuevo ordenamiento estará listo hasta 2017; después, tendrán que venir las leyes reglamentarias y luego habrá que ver si los gobiernos las aplican y en qué sentido. Además, y naturalmente, la Ciudad de México por más que estrene una Constitución, no se convertirá en una isla, ajena a lo que pasa en el conjunto del país.

Pero el peligro mayor, a corto plazo, proviene del mecanismo adoptado para elegir el Constituyente: sólo 60 de 100 diputados serán electos mientras que los otros 40 serán designados por el Presidente de la República, el Jefe de Gobierno, la Cámara de Diputados y la de Senadores. Esta distorsión puede dar pie a un bloque de diputados que traten de obstaculizar  un proyecto progresista, audaz, novedoso y distinto, y quieran dejarla, a lo sumo, como una réplica, quizás más ordenada, de la Constitución de la República. Por ello, la participación ciudadana será vital para darle impulso a la nueva Constitución y buscar un proyecto diferente.

En cuanto a la calidad de la democracia, la Ciudad de México tendrá ahora no sólo jefes delegacionales sino Alcaldes y Concejales electos. Estos últimos deberán aprobar el “proyecto de presupuesto de egresos de sus demarcaciones” y, sobre todo, estarán facultados “para supervisar y evaluar las acciones de gobierno, y controlar el ejercicio del gasto público en la respectiva demarcación territorial”. La descentralización del poder y la rendición de cuentas pueden o no funcionar, pero sin duda es mejor contar con órganos de gobierno colectivos que con autoridades unipersonales, como hasta ahora, lo que ha propiciado falta de transparencia, corrupción y abusos.

Otro ejemplo entre muchos: las reformas constitucionales que se aprobaron   disponen que la Legislatura local elabore  una Ley del Trabajo que deberá regir  las relaciones laborales de la Ciudad “con  sus trabajadores”. Todas las entidades del país, excepto el DF, tienen una ley similar que rige a los empleados públicos incluyendo los ayuntamientos. Pero estas leyes son una réplica del apartado B del 123 con todas sus restricciones. Ello no tiene que ser así. La nueva Constitución de la Ciudad de México podría definir las bases para elaborar una ley del trabajo de la Ciudad que fuera más allá, no sólo del apartado B sino incluso del A, y que debería abordar claramente algunos temas centrales de nuestros días: la libertad sindical, el derecho de huelga y las condiciones de contratación dignas para todos los servidores públicos. Estos principios pueden y deben estar contenidos en la nueva Constitución.

Superar este bloque conservador y adoptar un texto que supere, a la vez que adopte la parte más avanzada de la Constitución de la República, es el reto que tendrán que enfrentar el conjunto de los diputados constituyentes. Si logran elaborar un texto  de avanzada para la Ciudad, se habrá ganado también una batalla política por el cambio. Podría ser el inicio de una verdadera transición democrática en México.

Como se puede apreciar, la batalla de las ideas es por lo pronto la más importante. Después se verá si esos propósitos, convertidos en textos constitucionales, logran plasmarse en políticas concretas y bien diseñadas que aporten un beneficio directo a los ciudadanos.  Y también sí, todo ello, puede replicarse posteriormente en otras entidades del país o  servir de  base para una nueva Constitución de la República. Todo esto ¿representa demasiado, o demasiado poco en un país azotado por la pobreza, la violencia y la injusticia, y urgido de acciones concretas para corregir esta realidad?  Quien sabe: los cambios sociales profundos y duraderos siempre han sido precedidos de nuevas ideas. Vamos a ver si los constituyentes de la Ciudad las tienen, logran plasmarlas en la nueva Constitución y con ello construyen un nuevo proyecto político de cambio para el siglo XXI.

 

Twitter: #saulescoba

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